El Gobierno impulsa una ley para castigar con hasta 20 años de prisión la explotación de recursos en Malvinas
El Poder Ejecutivo envió a la Cámara de Diputados el proyecto de Ley de Defensa de la Soberanía Nacional, una iniciativa que busca reemplazar el régimen vigente desde 2011 y ampliar el alcance de las sanciones contra quienes exploten recursos naturales en las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares circundantes sin autorización argentina.

La norma, firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Diego Santilli y los ministros Pablo Quirno, Carlos Presti y Luis Caputo, deja atrás el esquema concentrado exclusivamente en actividades hidrocarburíferas para abarcar tanto recursos renovables como no renovables.
Entre los puntos salientes, el texto prevé multas de entre 4.000 y 500.000 barriles de petróleo, suspensiones o cancelaciones de permisos e inhabilitaciones de cinco a 20 años. Las penas se endurecen cuando se trata de exploración o explotación de recursos no renovables: allí las condenas van de 12 a 20 años de prisión. Para extracción, transporte o almacenamiento de hidrocarburos sin autorización, la pena escalaría a entre 15 y 20 años, con multas que podrían llegar al equivalente a tres millones de barriles.
El proyecto también apunta a los proveedores: quienes entreguen bienes o servicios esenciales con conocimiento de su destino podrían recibir penas de cinco a siete años de prisión. Las empresas involucradas afrontarían restricciones para operar o contratar con el Estado, revocación de habilitaciones, suspensión de actividades por hasta 30 años y, en casos extremos, disolución o liquidación. Una firma inhabilitada no podría desarrollar actividades económicas en el país durante el período de sanción y perdería permisos y beneficios impositivos o previsionales.
La iniciativa incorpora además un Régimen de Desistimiento y Regularización para quienes abandonen las actividades cuestionadas y cumplan condiciones económicas o de inversión en Argentina, y crea un Sistema de Seguridad Nacional articulado por un Consejo de Seguridad Nacional encabezado por el Presidente e integrado por el jefe de Gabinete y los ministros de Relaciones Exteriores, Defensa y Economía.
En materia de respuesta ante aeronaves hostiles y buques, el texto contempla desde advertencias y maniobras de interposición hasta disparos de advertencia e inutilización. El hundimiento queda reservado como medida militar excepcional, con autorización presidencial, y se prohíbe expresamente su uso contra embarcaciones civiles como sanción o mecanismo policial.
